Históricamente las civilizaciones consideraban que las leyes,
emanaban de dios, eran divinas. Las normas surgían de las costumbres de los
pueblos o eran dictadas por un rey, el cual se consideraba con ciertos rasgos
divinos, puesto que en algún punto el hecho de ocupar el cargo se producía por
voluntad de los dioses. A estas leyes se las consideraba que habían nacido
naturalmente, al no ser creadas por los hombres, de ahí surge el derecho
natural.
Con la llegada de la industrialización y las revoluciones burguesas,
nos encontramos con el nacimiento de los parlamentos modernos, donde los
ciudadanos elegidos por el pueblo y en representación de él, proponían,
debatían y votaban las normas que regirían la vida ciudadana. Estas normas son
entendidas como una creación humana en contraposición al derecho natural, y
gracias a ellas se pudo romper con leyes que impedían el desarrollo libre del
hombre, dejándolo en Igualdad de condiciones frente a un tribunal. Estas normas
extinguieron los privilegios de rancias noblezas que oprimían a las grandes
masas de personas que vivían en los distintos reinos, pero en gran medida
también fueron normas que perpetuaron la esclavitud y en base a la lógica, así
como con las primeras teorías científicas modernas, permitieron que ciertos
humanos perdieran su condición de persona para mantener su condición social y
legal de “cosa”.
Esto se extendió por mucho tiempo y, gracias a los excesos de
la legislación se perpetraron los mayores horrores que la humanidad haya producido,
el 15 de septiembre 1935 se creó la Ley de protección de la Sangre y el
Honor alemanes, ley que dio nacimiento a lo que se conocería como Leyes
de Nüremberg con las cuales se dejó sin la categoría de humano a una
importante parte de la población, tanto judíos como gitanos principalmente,
permitiendo los peores crímenes de la historia de la humanidad (Delitos de Lesa
Humanidad) al aplicar conceptos industriales para la extinción de aquellos que
habían quedado sin protección. Con esto el positivismo había dado muestras que
los grandes avances que habían representado las normas post naturalistas,
podían generar grandes daños a un sinnúmero de personas por el simple hecho de
que una ley lo permitía.
Lo anterior fue el argumento necesario para que un grupo
importante de juristas reclamaran que ninguna norma humana puede quitarle esa
categoría a nadie, bajo ningún concepto, y brindando un marco de protección
reflejado en la reglamentación de los procedimientos que las fuerzas del orden
deben cumplir. Por ello, es que los Estados deben velar por la observancia de
los Derechos Humanos, que protegen a los ciudadanos ante el aparato represivo
de sus Instituciones. Siendo obligación de todo el aparato del Estado velar por
dicha protección, debiendo castigar la menor vulneración tanto por acción como
por omisión.
Por lo tanto, un Agente del Estado comete una falta
inexcusable cuando alega que un ciudadano común viola Derechos Humanos, palabras
que en Chile son cotidianas y normalmente apoyadas por quienes deberían
castigar aquellos dichos.
Esteban R. Godoy Covarrubias

No hay comentarios.:
Publicar un comentario